Testamento hecho en paÃs extranjero
El testamento hecho en paÃs extranjero es un tipo de testamento especial regulado en el Código Civil. El artÃculo 732 de la mencionada norma establece que los españoles podrán testar fuera del territorio nacional, sujetándose a las formas establecidas por las leyes del paÃs en que se hallen. También podrán los españoles que se encuentren en paÃs extranjero otorgar su testamento, abierto o cerrado, ante el funcionario diplomático o consular de España que ejerza funciones notariales en el lugar del otorgamiento.
El Agente diplomático o consular remitirá, autorizada con su firma y sello, copia del testamento abierto, o del acta de otorgamiento del testamento cerrado, al testamento ológrafo o cerrado un español, lo remitirá al Ministerio de Estado cuando fallezca el testador, con el certificado de defunción.
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