Litisconsorcio activo necesario
De Conceptos JurÃdicos
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El Código de Procedimientos Civiles del Estado de México, en su TÃtulo Sexto, CapÃtulo Segundo, ArtÃculos del 1.84 al 1.92 se refiere a la figura del Litisconsorcio: Cuando una parte sea activa o pasiva esté compuesta por una o varias personas.