Litisconsorcio
El litisconsorcio se conoce como proceso único con pluralidad de partes, es decir, es cuando una controversia jurÃdica que surge entre dos o más personas, se traba entre diversas personas persona fÃsica, persona jurÃdica, etc...) aunque formando una parte única de cada lado.
Se trata de un proceso único con pluralidad de partes cuando dos o más personas se constituyen en él, en la posición de actor y/o de demandado, estando legitimadas para ejercitar o para que frente a ellas se ejercite una única pretensión, originadora de un único proceso, de tal modo que el juez ha de dictar una única sentencia, en la que se contendrá un solo pronunciamiento, la cual tiene como propiedad inherente a la misma el afectar a todas las personas parte.