Dato disociado
De Conceptos JurÃdicos
En el Real Decreto 1720/2007 se establece la definición de datos disociado como:
"aquél que no permite la identificación de un afectado o interesado"
Son datos en los que es imposible conocer de quien se trata la persona a la que hacen referencia esos datos.
- Puede ver más (https://www.derecho.com/l/boe/real-decreto-1720-2007-aprueba-reglamento-desarrollo-ley-organica-15-1999-proteccion-datos-caracter-personal/A164 definiciones sobre protección de datos)