Dias utiles
De Conceptos JurÃdicos
En Derecho los dÃas útiles se definen estrictamente como dÃas hábiles. En general, son dÃas hábiles todos los del año con la excepción de los domingos, los dÃas de fiesta nacional y los festivos en las concretas Comunidades Autónomas o localidades.Â
En el ámbito del Derecho Procesal, la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, establece en su artÃculo 182 que serán inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, los dÃas 24 y 31 de diciembre, los dÃas de fiesta nacional y los festivos a efectos laborales en cada Comunidad Autónoma o localidad.Â