Órganos del CGPJ

De Conceptos Jurídicos
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Los órganos del Consejo General del Poder Judicial están regulados en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y son los siguientes:

  • Presidente.
  • Vicepresidente.
  • Pleno.
  • Comisión Permanente.
  • Comisión disciplinaria.
  • Comisión de calificación.
  • Comisión de igualdad. 

La LOPJ añade que reglamentariamente se podrán establecer las comisiones y delegaciones que se estimen oportunas.