Designación de los Peritos
De Conceptos JurÃdicos
La designación de los Peritos la pueden hacer:
- Partes: Cuando el informe se realiza extrajudiciamente, es la propia parte la que libremente efectúa la designación del Perito.
- Juez : Cuando las partes bien en la demanda o contestación, bien en la Audiencia Previa del Juicio Ordinario o en la vista verbal, solicitaren la designación judicial y estuvieren de acuerdo en que el dictamen lo emita una determinada persona o entidad, del Tribunal designará judicialmente el Perito.
- Cuando se disfrute del derecho de asistencia jurÃdica gratuita, la designación del Perito recaerá en el personal técnico adscrito al órgano judicial o e su defecto a funcionarios técnicos dependientes de la Administración Pública, y e su defcto, el Tribunal designará judicialmente el Perito.Â
- Listas corridas: En los restantes casos, la designación se hará a través del sistema de listas corridas, artÃculo 341 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Â