Donación
De Conceptos JurÃdicos
La donación está regulada en el art. 618 y siguientes del Código Cvil. En él se establece que la donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta.
Al que hace la donación se le denomina donante y al que la recibe se le denomina donatario.
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Si necesita otros contratos de donaciones, como "Donación por razón de matrimonio, Donación pura y simple entre personas físicas, contrato de donación de cláusula reversional, etc.. , consulte la página: