Ejemplos de asuntos de juzgados de primera instancia
Los asuntos que corresponde llevar a los Juzgados de Primera Instancia aparecen regulados en el artÃculo 45 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Dicho precepto señala que corresponde a los Juzgados de Primera Instancia el conocimiento, en primera instancia, de todos los asuntos civiles que por disposición legal expresa no se hallen atribuidos a otros tribunales.
Los Juzgados de Primera Instancia conocerán, asimismo, de los asuntos, actos, cuestiones y recursos que les atribuye la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). En concreto, el artÃculo 85 de esta última norma establece que los Juzgados de Primera Intancia conocerán en el orden civil en los siguientes puntos:
- En primera instancia, de los juicios que no vengan atribuidos por esta ley a otros juzgados o tribunales.
- De los actos de jurisdicción voluntaria en los términos que prevean las leyes.
- De los recursos que establezca la ley contra las resoluciones de los Juzgados de Paz del partido.
- De las cuestiones de competencia en materia civil entre los Juzgados de Paz del partido.
- De las solicitudes de reconocimiento y ejecución de sentencias y demás resoluciones judiciales extranjeras y de la ejecución de laudos o resoluciones arbitrales extranjeros, a no ser que, con arreglo a lo acordado en los tratados y otras normas internacionales, corresponda su conocimiento a otro Juzgado o Tribunal.
Los Juzgados de Primera Instancia a los que se les haya atribuido el conocimiento especifico de determinados asuntos según el artÃculo 98 de la propia LOPJ, extenderán su competencia, exclusivamente, a los procesos en que se ventilen aquéllos, debiendo inhibirse a favor de los demás tribunales competentes, cuando el proceso verse sobre materias diferentes. Si se planteara cuestión por esta causa, se sustanciará como las cuestiones de competencia.