Recusación
De Conceptos JurÃdicos
La recusación es un medio por el que la Ley garantiza la independencia de Jueces y Magistrados respecto de los asuntos encomendados en los procesos en los que sea parte la Administración Pública.
Así el artículo 220 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) establece que se une a las causas de abstención, la abstención del Juez o Magistrado cuando se encuentre con la autoridad o funcionario que hubiese dictado el acto o informado respecto del mismo o realizado el hecho por razón de los cuales se persigue el proceso, en alguna de las circunstancias mencionadas en el artículo 219 de la misma Ley.