Apostilla de la haya
La Apostilla de La Haya es el trámite o acto administrativo mediante el cuál se pone una apostilla o anotación sobre un documento, certificando su autenticidad.
Un documento con la Apostilla de La Haya debe ser reconocidoque como auténtico por todos los países firmantes del Convenio de La Haya. Para certificar un documento y que tenga validez en un país no firmante de este Convenio, deberá solicitarse una legalización única del documento.
Puede solicitat la Apostilla de La Haya cualquier persona que quiera certificar la autenticidad de un documento público.
Pueden apostillarse los siguientes:
- Documentos administrativos.
- Documentos judiciales.
- Documentos autorizados por autoridades o funcionarios judiciales del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional.
- Documentos notariales.
- Otros documentos públicos.
- Documentos privados.
No pueden apostillarse:
- Documentos que estén libre de ser apostillados o legalizados en aplicación de otro Convenio internacional.
- Documentos administrativos que tengan relación directa con una operación aduanera o comercial.
- Documentos que hayan sido expedido por funcionarios consulares o diplomátios.
Su regulación la encontramos en el RD 1497/2011, de 24 de octubre, por el que se determinan los funcionarios y autoridades competentes para realizar la legislación única o Apostilla prevista por el Convenio XII de la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado, de 5 de octubre de 1961.
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Ver todosÚltima modificación: 17 de febrero de 2015