Base reguladora


De Conceptos Jurídicos
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Por norma general, la base de cotización del trabajador en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiere (este divisor será concretamente: 30, si el trabajador tiene salario mensual; 30, 31 ó 28, 29 si tiene salario diario).

No obstante, si el trabajador ingresa en la empresa en el mismo mes en que se inicia la incapacidad, se tomará para la base reguladora la base de cotización de dicho mes, dividida por los días efectivamente cotizados. También, se tomará como divisor los días efectivamente cotizados, cuando el trabajador no ha permanecido en alta durante todo el mes natural anterior.

Pueden observarse otros ejemplos en la Ley General de la Seguridad Social. Por ejemplo, en el artículo 162 se establece la base reguladora de la pensión de jubilación. 

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Última modificación: 02 de julio de 2014