Comunicación electrónica comercial

De Conceptos Jurídicos
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Una comunicación electrónica comercial se refiere a un mensaje enviado mediante medios electrónicos que contiene contenido de tipo publicitario o de promoción. Ejemplos de comunicaciones electrónicas como pueden ser un correo electrónico, un SMS, un watts up, etc.

Concepto legal:

Una comunicación electrónica comercial es cualquier forma de comunicación dirigida a la promoción, directa o indirecta, de la imagen o de los bienes o servicios de una empresa, organización o persona que realice una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional.

No tendrán la consideración de comunicación comercial los datos que permitan acceder directamente a la actividad de una persona, empresa u organización, tales como el nombre de dominio o la dirección de correo electrónico, ni las comunicaciones relativas a los bienes, los servicios o la imagen que se ofrezca cuando sean elaboradas por un tercero y sin contraprestación económica.

Obligaciones legales

Cuando quieras hacer una campaña de marketing mediante comunicación electrónica, serà necesario:

  1. Las comunicaciones electrónicas, deberán ser identificables como tales.
  2. Identificar la persona física o persona jurídica en nombre de la cual se realiza el envio.
  3. En los supuestos de ofertas promocionales, como las que incluyan descuentos, premios y regalos, y de concursos o juegos promocionales, previa la correspondiente autorización, se deberá asegurar que queden claramente identificados como tales y que las condiciones de acceso y, en su caso, de participación sean fácilmente accesibles y se expresen de forma clara e inequívoca.
  4. Queda prohibido el envío de comunicaciones comerciales en las que se disimule o se oculte la identidad del remitente por cuenta de quien se efectúa la comunicación.
  5. Se deberá ofrecer al destinatario la posibilidad de oponerse al tratamiento de datos con fines promocionales mediante un procedimiento sencillo y gratuito, tanto en el momento de recogida de los datos como en cada una de las comunicaciones comerciales que le dirija.
  6. Cuando las comunicaciones hubieran sido remitidas por correo electrónico, el destinatario podrá oponerse a recibir más comunicaciones electrónicas comerciales mediante una dirección de correo electrónica.

¿Cuándo se puede enviar una comunicación electrónica comercial?

No se pueden mandar comunicaciones electrónicas comerciales por correo electrónico u otro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente no hubieran sido solicitadas o expresamente autorizadas por los destinatarios de las mismas.

Cuando exista una relación contractual previa, es decir si el destinatario es un cliente o ha contratado algún servicio, y se promociones productos o servicios de su propia empresa que sean similares a los que inicialmente fueron objeto de contratación con el cliente.

La regulación de las comunicaciones electrónicas comerciales se realiza en los artículos 19 y siguientes de la <a title="Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico" href="https://www.derecho.com/boe/ley-34-2002-de-servicios-de-la-sociedad-de-la-informacion-y-de-comercio-electronico">Ley de Servicios de la Sociedad de la Inforamción y de Comercio Electrónico</a>.

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