Incolume


De Conceptos Jurídicos
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Incólume significa no haber sufrido lesiones o daños. En el ámbito jurídico, por ejemplo, puede hablarse del término en un atestado policial acerca de un accidente de tráfico: "El individuo del turismo siniestrado salió incólume del accidente". Es decir, salió sin sufrir daños ni lesiones. También puede utilizarse ante un posible atraco con personas en el interior de un Banco: "Las personas que estaban en el interior del Banco salieron incólumes".

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Última modificación: 02 de julio de 2014