Matrimonio secreto


De Conceptos Jurídicos
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El matrimonio secreto es una de las formas especiales de matrimonio que prevé el Código Civil.

Se ha de solicitar al Ministro de Justicia que podrá autorizar el matrimonio secreto a propuesto de la Dirección General de Registros cuando concurra causas graves suficientemente probada.

El expediente, que ha de hacerse necesariamente, se tramita sin publicación de edictos y no se da publicidad a su celebración, a la que deben concurrir la persona autorizada para ello y los dos testigos mayores de edad.

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Última modificación: 02 de julio de 2014