SEGURO DE VIDA


De Conceptos Jurídicos
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El seguro de vida es el seguro por el que el asegurador se obliga mediante el cobro de la prima estipulada a satisfacer a beneficiario un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, para el caso de muerte o de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente.

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Última modificación: 09 de marzo de 2015