Derecho de información

De Conceptos Jurídicos
Saltar a: navegación, buscar

El derecho de información del afectado o interesado en la recogida de datos está regulado en el art. 5 de la LOPD que establece que cuando se soliciten datos de carácter personal el responsable deberá informar de:

  • La existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.
  • El carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas.
  • Las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos.
  • La posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante.

No procede informar cuando cuando:

Si necesita un servicio de auditoría en protección de datos puede obtenerlo aquí:
ASESORAMIENTO JURÍDICO RECURRENTE
Si necesita un servicio personalizado y profesional puede solicitarlo aquí:
ADAPTACIÓN LOPD