Excedencia por maternidad
De Conceptos JurÃdicos
En el caso de la excedencia por maternidad la Ley permite un período de 3 años, desde el nacimiento, para el cuidado de hijos menores de 8 años. Lo puede solicitar tanto el padre como la madre.
La excedencia por maternidad o paternidad no es remunerada.
Los dos primeros años de excedencia computan como cotizados a efectos del derecho de prestaciones de la Seguridad Social